lunes, 24 de octubre de 2011

¿Pagan los chinos impuestos en España? Se acabó la leyenda urbana.

 

Desde hace algunos años, en nuestro país se está extendiendo una creencia generalizada sobre la existencia de una legislación tributaria más beneficiosa para los inmigrantes chinos que decidan emprender en España un negocio, que les permitiría estar exentos de pagar impuestos durante varios años, en base a un acuerdo entre los gobiernos español y chino.
Toda esta leyenda urbana se ha extendido coincidiendo con una importante proliferación en nuestro país de comercios minoristas de alimentación, de artículos de bazar, restaurantes, tiendas de conveniencia, etc.
Pero, ¿está realmente fundada dicha creencia? ¿Existe tal legislación para eximir de impuestos a los "chinos"? Les desvelamos la respuesta.


El 25 de junio de 1992 se publicó en el Boletín Oficial del Estado un convenio firmado por el Gobierno de España y el Gobierno de la República Popular China (acordado en Pekín el 22 de noviembre de 1990)  para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio.
Este convenio puede consultarse en las webs de:
1) Agencia Tributaria http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Fiscalidad_Internacional/Convenios_de_doble_imposicion_firmados_por_Espana/China/China.shtml
2) Ministerio de Economía y Hacienda
http://www.meh.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Normativa/CDI/Paginas/CDI_Alfa.aspx

Se trata básicamente de un convenio de doble imposición internacinal, es decir, para evitar que tanto empresas españolas como chinas con actividades económicas en ambos países, tributen en el país extranjero sobre los beneficios allí obtenidos a través de Establecimientos Permanentes (EP) y nuevamente en el país de origen por aquellos mismos beneficios. En suma, este convenio evita que se paguen impuestos doblemente, pero no que ningúna empresa pueda quedar exenta de impuestos en ningún momento. 

Cosa distinta son las muchas ventajas competitivas que han adquirido los negocios regentados por chinos. Sencillamente han enfocado empresarialmente su cultura con enormes dosis de sacrificio personal y familiar para sacar adelante sus negocios. Con toda la familia dedicada de pleno al negocio (incluidos niños y ancianos) donde además suelen vivir, tienen unos costes laborales mínimos y se mantienen siempre pendientes de sus locales bordeando la legalidad con los horarios de apertura de sus negocios.
Suelen estar agrupados en redes flexibles con muy buena comunicación entre ellos, lo que les permiten hacer compras más voluminosas y por tanto mayor negociación frente a fabricantes, por lo que la provisión de mercancía se abarata considerablemente pudiendo vender asimismo más barato.
Financieramente, en su mayoría predomina una gran opacidad. O bien suelen traer sus propios recursos de China o bien los adquieren individualmente a través de préstamos familiares en los que el compromiso personal es altísimo y donde la deuda de un individuo está respaldada sin miramientos por toda la familia. Además suelen realizar sus operaciones empresariales en metálico, como el pago de alquileres de sus locales (donde pueden llegar a adelantar el pago de uno o dos años de renta como garantía de pago, para evitar la emisión de avales bancarios) o los aprovisionamientos de mercancías, dotando de gran opacidad a las transacciones.

En conclusión, los negocios de los chinos en nuestro país tienen las mismas obligaciones fiscales y tributarias que el resto y están sujetos a la misma legislación tributaria. Su sacrificio personal, su espíritu empresarial fuera de su país, y su cultura, podrán ser o no compartidos por nuestro modo de pensar o entender la vida pero sí debería ser respetado sin que por ello su actividad deba ser tachada xenófobamente como de competencia ilícita o desleal.

Ahora bien,  no declarar el alta en el IAE, no tramitar licencias de obras para adecuación de locales o licencias de apertura, irregularidades en materia de Seguridad Social, sanidad y consumo (etiquetados, venta fuera de horarios) etc., son infracciones en las que se puedan incurrir por la falta de asesoramiento o a sabiendas para ganar más dinero burlando la legalidad. Pero irregularidades y "listillos" hay en todos sitios (no hay hace falta dirigir las miradas a los chinos) y para ello ya están las autoridades competentes para sancionar y hacer cumplir la ley.

Equipo de redacción dE

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