En momentos tan duros para las empresas como los que estamos viviendo en los últimos años con motivo de la crisis financiera que azota a medio mundo, os proponemos un modelo empresarial quizás no tan extendido como las sociedades (limitadas, -laborales, profesionales...-, anónimas, etc) pero que presentan grandes ventajas en su configuración y gestión. Nos referimos a las cooperativas.
Se cuentan por centenares el número de sociedades mercantiles disueltas el pasado año. En muchos de estos casos, simplemente atrapados por sus propios problemas (de financiación, de liquidez, de gestión empresarial o de personal, etc) las compañías no tenían escapatoria a la liquidación. No obstante, en otros casos, es planteable la transformación hacia un modelo mercantil de cooperativa como forma de salvaguardar los intereses de empleados, que son los principales damnificados en los cierres patronales.
La naturaleza jurídica de las cooperativas y la normativa que las regula (la Ley General de Cooperativas, Ley 27/1999, de 16 de julio, sin perjuicio de disposiciones normativas que han ido aplicando adicionalmente las Comunidades Autónomas), implica un mayor compromiso de los socios cooperativistas, que intervienen más activamente en el devenir diario de la compañía.
Por lo general, los mismos trabajadores son los socios (aunque podría aceptarse algún asociado que aporte sólo capital, pero siempre en minoría) y los empleados asalariados no pueden suponer más del 30% de los socios. Cada socio, mantiene los mismos derechos de voto, lo que democratiza la compañía.
Si en líneas generales los trabajadores son los propios socios cooperativistas, la implicación en la gestión y en el funcionamiento de las cooperativas por parte de todos es máximo. El grado de compromiso va a más allá del simple trabajo por una remuneración a fin de mes, como podría pasar en una sociedad mercantil, puesto que realmente no están sólo luchando por la conservación en el futuro de su puesto de trabajo en la coopertiva, sino que la mayoría de los trabajadores son parte integrante de la misma y los principales beneficiarios de su viabilidad.
Este nexo de unión entre empresa-trabajadores y trabajadores-empresa, brinda a las cooperativas de grandes posibilidades de superviviencia en horas bajas para la economía. Como en Fuenteovejuna, todos a una. Su objetivo es el bien común, no el beneficio económico y la motivación de los trabajadores es máxima; al estar peleando por lo suyo, no existirían problemas internos de tipo sindical para flexibilizar horarios de trabajo y remuneraciones según las circunstancias de la producción o la economía.
Nadie duda de que el esfuerzo común de todos, encaminado a defender lo propio, en no pocas ocasiones va a dar viabilidad a proyectos que, gestionados externamente no levantarían cabeza.
Es importante destacar que, las cooperativas gozan de un régimen fiscal especial en el impuesto sobre sociedades, así como de diversas exenciones y bonificaciones en su constitución. Y los socios cooperativistas podrían cotizar a la Seguridad Social tanto en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como en el Régimen General.
Equipo de redacción dE
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